REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintisiete de mayo de dos mil quince
205º y 156º
ASUNTO: GP02-L-2015-000798
Visto el escrito transaccional suscrita entre el ciudadano MARIO MIGUEL SANCHEZ UZCATEGUI, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°4.484.950, asistido por la abogada en ejercicio LISBETH C. MORILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 144.301, en su carácter de parte actora, por una parte y por la otra, la entidad de trabajo CONSTRUCCIONES JUNCAL C.A., representada por el ciudadano ARMANDO EMIRO HERNANDEZ SIRA, asistido por la abogada en ejercicio JOANNA INOSMAR CHIVICO SUESCUNS, inscrita en el Inpreabogado bajo el IPSA bajo el N° 87.775, mediante el cual dejan constancia del PAGO de las conceptos laborales reclamados en el escrito libelar que le corresponden al trabajador por la prestación de servicios que les unió por la cantidad de Bs. 100.000,00.
En vista de que las partes llegaron a un acuerdo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
La Juez.,
Abog. LISBETH GUTIERREZ PIÑA
La Secretaria.,
Abg. Yajaira Martínez.
LGP
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