REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JURISDICCIÓN LABORAL
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
SEDE PUERTO CABELLO
Puerto Cabello, 27 de mayo de 2015
205º y 156º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
ASUNTO: GP21-L-2011-000187
Vista la incomparecencia de la parte promovente de la prueba de inspección judicial, con lo cual se evidencia el abandono de tramite por parte del demandante, lo que se traduce en el desistimiento de la prueba de Inspección Judicial promovida en su escrito de pruebas para ser practicada en la sede de FERTIVEN OPERACIONES, C. A., dentro de las instalaciones de Petroquímica de Venezuela (PEQUIVEN). Así las cosas, este Tribunal le imprime la homologación respectiva a dicho desistimiento por no ser contrario a derecho, en consecuencia, a partir del despacho siguiente a este corre el lapso para la celebración de la audiencia oral y publica de juicio. Y ASÍ SE DECIDE.
La Jueza Titular Quinta de Juicio del Trabajo.
Abogada. ZURIMA ESCORIHUELA PAZ.
La Secretaria.
Abogada. DANILY EDUMMARY ÁLVAREZ MAZZOLA.
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 09:16 a.m. Se dejó copia para el archivo.
La Secretaria.