REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, dieciocho (18) de marzo de dos mil quince
204º y 156º
ASUNTO: GP02-L-2015-000068
Parte Actora: JOSE MIGUEL ARANGUREN
Parte Demandada: CONSTRUCTORA AFT, C.A
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Visto que la parte actora no corrigió el libelo de la demanda dentro del lapso de los dos (2) días hábiles establecidos en auto de fecha 03 de Febrero de 2015, y vista la declaración del alguacil en fecha 11 de Marzo de los corrientes, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ,
Abg. KYBELE KARELYA CHIRINOS MONTES
LA SECRETARIA,
Abg. DAYANA TOVAR
|