REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 16 de Marzo de 2015
Años 204º y 156º

ASUNTO: GP01-R-2014-000561

PONENTE: DANILO JOSE JAIMES RIVAS.

En fecha 04 de Marzo de 2015, se recibió en la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones el cuaderno separado distinguido con el número GP01-R-2014-000547, consistente en “Recurso de Apelación” ejercido por el abogado LUIS FRANCISCO RIERA, en su condición de Defensor Privado y defensor de los derechos y garantías del ciudadano HECTOR MIGUEL TORRES ORTIZ, en contra de la decisión dictada en fecha 02 de Diciembre de 2014 por el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en el asunto principal N° GP01-P-2012-016528, mediante el cual acordó la acumulación de los asunto GP01-P-2012-018259 y GP01-P-2012-005713, al asunto penal GP01-P-2010-016528, causa que se sigue por la presunta comisión de los delitos de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS y el delito de LEGITIMACION DE CAPITALES, recurso que se desprende del sello húmedo de la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, fue interpuesto en fecha 08-12-2014.

En fecha 04 de Marzo del año 2015, se recibió igualmente en esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones el cuaderno separado distinguido con el N° GP01-R-2014-000561, consistente en recurso de apelación interpuesto por la Abogado MARIA GABRIELA SEGOVIA, en su condición de defensora privada y defensora de los derechos y garantías de los ciudadanos EFRAIN PEREDA CABRERA, JOSE DAVID ANDRADE y RAUL RUEDA, en contra de la decisión dictada en fecha 02 de Diciembre de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en el asunto principal N° GP01-P-2012-016528, mediante el cual acordó la acumulación de los asunto GP01-P-2012-018259 y GP01-P-2012-005713, al asunto penal GP01-P-2010-016528, causa que se sigue por la presunta comisión de los delitos de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS y el delito de LEGITIMACION DE CAPITALES, recurso que se desprende del sello húmedo de la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, fue interpuesto en fecha 08-12-2014.

Esta Sala observa, que los expresados recursos interpuestos por los defensores privados, respectivamente, fueron ejercidos en contra de la misma decisión dictada en fecha 02 Diciembre de 2014, en el mismo asunto principal Nº GP01-P-2012-016528, y que conoce el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal; en consecuencia esta Sala de conformidad con la norma prevista en el artículo 70 del Código Orgánico Procesal Penal, y a fin de evitar decisiones contradictorias, acuerda Acumular ambas actuaciones; es decir el cuaderno contentivo separado N° GP01-R-2014-000561 al asunto distinguido con el N° GP01-R-2014-000547 por haber prevenido este al conocimiento de la Sala en cuanto a la numeración; corrigiéndose en consecuencia la foliatura. Se ordena realizar el trámite correspondiente por secretaría a los fines cerrar la causa GP01-R-2014-000561, por cuanto lo concerniente a su admisibilidad y posterior resolución constará conjuntamente con la de la causa Nº GP01-R-2014-000547 en virtud a la acumulación ordenada. ASI SE DECIDE.

DECISION
En fuerza de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Nº 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA ACUMULACION de la causa N° GP01-R-2014-000561 al asunto distinguido con el N° GP01-R-2014-000547, corrigiéndose su foliatura, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 del Código Orgánico Procesal Penal.

Publíquese, regístrese, y notifíquese a las partes.

Dada, firmada y sellada en la Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. En Valencia en la fecha ut supra señalada.

LOS JUECES DE LA SALA


DANILO JOSE JAIMES RIVAS
Ponente


LAUDELINA GARRIDO APONTE YOIBETH ESCALONA MEDINA


El Secretario

Abg. Carlos López Castillo.
En la misma fecha, se cumplió con lo ordenado.
El Secretario.

Hora de Emisión: 2:33 PM