REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, ocho de junio de dos mil quince
205º y 156º

ASUNTO: GP02-L-2015-000861



Vista el acuerdo transaccional que antecede, suscrito por la ciudadana CLAUBER DAYANA MARIN MORENO, titular de la Cedula de Identidad N° V-15.087.547, asistida por la Abogada ANA BONILLA, inscrita en el IPSA bajo el Nº 229.384, en su carácter de parte actora, por una parte y por la entidad de Trabajo GOLD PLASTIC, S. A, representada por el Abogado EDMOND RENE RAMOS BLANCO, inscrito en el IPSA bajo el Nº 78.448, quienes haciendo uso de los medios alternativos de solución de conflictos y presentan escrito transaccional donde pagan a la actora los conceptos demandados, que le corresponden a la trabajadora por la prestación de servicios que les unió, por la cantidad de Bs. 52.589,86, monto que corresponde a los conceptos demandados.

En vista de que las partes llegaron a un acuerdo, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda impartir HOMOLOGACION EL ACUERDO SUSCRITO POR LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE.

La Juez.,

Abog. LISBETH GUTIERREZ PIÑA
La Secretaria.,
YAJAIRA MARTINEZ