EXPEDIENTE No. GP02-L-2015-000840.
DEMANDANTE: YURBER GOVIA
ABOGADA ASISTENTE DEL DEMANDANTE: MARIELA MARQUEZ
DEMANDADA: INVERSIONES GASS, C. A,
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: YANIRA RUGELES
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES E IDEMNIZACION POR ENFERMEDAD OCUPACIONAL


Visto el acuerdo transaccional que antecede suscrito por el ciudadano YURBER GOVIA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 7.007.037, debidamente asistido por la abogada en ejercicio MARIELA MARQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 40.545, en su carácter de parte actora, por una parte y por la otra, la entidad mercantil INVERSIONES GASS, C. A, representada por la abogada en ejercicio YANIRA RUGELES, inscrita en el Inpreabogado bajo el IPSA bajo el N° 40.562, en su carácter de apoderada judicial, mediante el cual dejan constancia del pago de las prestaciones sociales y demás conceptos laborales e indemnizaciones por enfermedad de origen ocupacional, que le corresponden al trabajador por la prestación de servicios que les unió

En vista de que las partes acordaron el pago de los conceptos demandados, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE.

La Juez.,

Abog. LISBETH GUTIERREZ PIÑA
La Secretaria.,

YAJAIRA MARTINEZ