REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veinticinco de junio de dos mil quince
205º y 156º

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2013-000051.
PARTE ACTORA: PEDRO MANUEL RIOS MARTINEZ.
PARTE DEMANDADA: INDUSTRIA AVICOLA EL CAMPESTRE, C.A.
APODERADO JUDICIAL: JOSE RICARDO MORILLO ESCALANTE.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, 25 de Junio de 2013, siendo las 9:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa; habiéndose efectuado el llamado de Ley; por ante este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo se deja expresa constancia que la Parte Actora, ciudadano PEDRO MANUEL RIOS MARTINEZ., titular de la cédula de identidad N° 21.484.818; no se hizo presente ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno. Presente el Abogado JOSE RICARDO MORILLO ESCALANTE, inscrito en el Ipsa bajo el N° 123.429; en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada INDUSTRIA AVICOLA EL CAMPESTRE, C.A.- En este estado, vista la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar, resulta forzoso para este Juzgado Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarar: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y así se establece.-

PUBLIQUESE Y REGISTRESE. DEJESE COPIA AUTORIZADA.
La Jueza,

FARIDY SUAREZ COLMENARES.


La Secretaria,


MARIA ELENA FUENTES.



En la misma fecha se dicto y publicó la anterior sentencia, siendo las 10:00 a.m..

LA SECRETARIA,