REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal Tercero  de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
 
 
Valencia,  dieciséis (16)  de  Junio  de dos mil quince
 
205º y 156º
 
ASUNTO: GP02-L-2015-000865.
 
PARTE ACTORA:  ANGEL DAVID MEJIAS PRIETO, LEONARDO JOSE SEQUERA PAEZ y OTILIO RAFAEL OCHOA LEON.
 
APODERADA JUDICIAL: ELBA YANNINA BRICEÑO DE HERRERA.
 
PARTE DEMANDADA: QUEBRADA BONITA C.A.
 
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
 
 
Vista la diligencia de fecha  12  de   Junio de 2015,    suscrita por la abogado en ejercicio ELBA YANNINA BRICEÑO DE HERRERA.,  inscrita   en el Inpreabogado bajo el 19.990;   actuando con el carácter de apoderado judicial de la  parte actora;     mediante la cual manifiesta en nombre de sus representados  que  DESISTE del presente procedimiento;   una vez revisado el desistimiento  se observa que no se han vulnerado los derechos irrenunciables del trabajador,  derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público;   es por lo que  este  Juzgado Tercero  de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo,  en  Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley  HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO;   Y DA POR TERMINADO EL PROCESO;   teniéndose  dicho desistimiento con  EFECTOS DE COSA JUZGADA;   todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
 
 
PUBLIQUESE. REGISTRESE.
 
DEJES COPIA AUTORIZADA.
 
 
 
LA JUEZA, 
 
 
 FARIDY  SUAREZ COLMENARES.
 
 
 
 
                  LA SECRETARIA,
 
                       
 
MARIA ELENA  FUENTES.
 
 
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, siendo las  2:00 p.m.-
 
 
LA SECRETARIA,
 
 
MARIA ELENA FUENTES.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal Tercero  de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
 
 
Valencia,  dieciséis (16)  de  Junio  de dos mil quince
 
205º y 156º
 
ASUNTO: GP02-L-2015-000865.
 
PARTE ACTORA:  ANGEL DAVID MEJIAS PRIETO, LEONARDO JOSE SEQUERA PAEZ y OTILIO RAFAEL OCHOA LEON.
 
APODERADA JUDICIAL: ELBA YANNINA BRICEÑO DE HERRERA.
 
PARTE DEMANDADA: QUEBRADA BONITA C.A.
 
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
 
 
Vista la diligencia de fecha  12  de   Junio de 2015,    suscrita por la abogado en ejercicio ELBA YANNINA BRICEÑO DE HERRERA.,  inscrita   en el Inpreabogado bajo el 19.990;   actuando con el carácter de apoderado judicial de la  parte actora;     mediante la cual manifiesta en nombre de sus representados  que  DESISTE del presente procedimiento;   una vez revisado el desistimiento  se observa que no se han vulnerado los derechos irrenunciables del trabajador,  derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público;   es por lo que  este  Juzgado Tercero  de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo,  en  Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley  HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO;   Y DA POR TERMINADO EL PROCESO;   teniéndose  dicho desistimiento con  EFECTOS DE COSA JUZGADA;   todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-
 
 
PUBLIQUESE. REGISTRESE.
 
DEJES COPIA AUTORIZADA.
 
 
 
LA JUEZA, 
 
 
 FARIDY  SUAREZ COLMENARES.
 
 
 
 
                  LA SECRETARIA,
 
                       
 
MARIA ELENA  FUENTES.
 
 
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, siendo las  2:00 p.m.-
 
 
LA SECRETARIA,
 
 
MARIA ELENA FUENTES.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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