REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 12 de junio de 2015
Años 205º y 156º
ASUNTO: GP01-R-2015-000198
PONENTE: YOIBETH ESCALONA MEDINA
A los fines de conocer el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado; JOSE LUIS LOPEZ, en su condición de Defensor Privado, en la causa que se le sigue al ciudadano; JOSE MANUEL LOPEZ MARIN, en contra de la decisión dictada en fecha 10-03-2015 por el Tribunal Segundo en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal No GP11-P-2013-00073.
En fecha 30-04-2015 se dio cuenta en sala del presente recurso de apelación de auto signado con el número GP01-R-2015-000198, correspondiendo la designación como ponente al Juez Tercero de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones, Esta Sala observa:
Primero: Que el Recurso de Apelación fue interpuesto por el Abogado; JOSE LUIS LOPEZ, en su condición de Defensor Privado, en la causa que se le sigue al ciudadano; JOSE MANUEL LOPEZ MARIN, quien está legitimado para realizarlo, tal como se evidencia en autos.
Segundo: Que la decisión recurrida fue dictada en fecha 10-03-2015, quedando debidamente notificada la defensa en fecha 23-03-2015, interponiendo el recurso de apelación el 23-03-2015, como se evidencia al folio 43 del presente recurso de apelación en la certificación de los días de despacho, por lo tanto se considera que el recurrente ejerció el recurso en tiempo hábil.
Tercero: quedo debidamente emplazada la Fiscal del Ministerio Publico, dando contestación al recurso de apelación.
Cuarto: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código o de la ley.
RESOLUCION
Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado; JOSE LUIS LOPEZ, en su condición de Defensor Privado, en la causa que se le sigue al ciudadano; JOSE MANUEL LOPEZ MARIN, en contra de la decisión dictada en fecha 10-03-2015 por el Tribunal Segundo en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en el asunto principal No GP11-P-2013-00073. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado.
JUECES DE SALA
YOIBETH ESCALONA MEDINA
PONENTE
LAUDELINA GARRIDO APONTE ADAS MARINA ARMAS DIAZ
El Secretario
Abg. Carlos López
Hora de Emisión: 12:25 PM