REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA.

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Mariara, 25 de Junio de 2015

203° y 154°

Visto el anterior escrito recibido por distribución, signado con el numero, 419, presentado por la ciudadana: MONTENEGRO UZCATEGUI GARDENIA ALEJANDRA, titular de la cédula de identidad N° V– 20.761.727, de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado MARTINEZ CAMACHO REILNALDO RAFAEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 200.866. Désele, entrada, asígnesele numero, anótese en los libros respectivos y por cuanto la misma no es contraria a Derecho, al orden público ni a ninguna disposición expresa de la ley se ADMITE en cuanto ha lugar en derecho la presente solicitud contentiva de designación de Curador Ad Hoc. En cuanto al CURADOR AD-HOC solicitado, para el menor: BENITEZ MONTENEGRO GABRIEL ALEXANDER, se designa como tal, a la ciudadana: UZCATEGUI CARMONA JENNY EMILIA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.789.651, a quien el Tribunal ordena su Notificación, a los fines de dar su aceptación o excusa, y en el primero de los casos, a prestar el juramento de ley correspondiente.
EL JUEZ TITULAR

Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
EL SECRETARIO TITULAR

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Se le dio entrada bajo el N° 5220-15.
EL SECRETARIO TITULAR

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA


SOL. 5220-15
ALA/JPPT/Beltrán

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