REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 18 de Junio de 2015
205º y 156º
Visto el escrito del 01/08/2015, y el escrito de promoción de pruebas del 16/06/2015, presentados por los abogados en ejercicio Javier Rosales y Minerva Rosales y Pedro Maita, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 10.856, 22.439 y 62.242 respectivamente, apoderados judiciales del ciudadano GUILLERMO JOSÉ PINTO SILVA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.491.393; este Juzgado Agrario pasa a proveer lo conducente:
De la Prueba de Testigos:
1.- Promueve la testimonial de los ciudadanos Gilberto Ramón Hurtado Solórzano, José Manuel Miotta Morillo, Oscar Rafael Ríos Mendoza, José Manuel Miotta Rico, Francisco Ignacio Miotta Morillo, Oscar Rafael Ríos Mendoza y Yasmina Iclinia Corral, domiciliados en el Municipio Valencia del estado Carabobo.
2.- Promueve la testimonial del ciudadano José Gregorio Brito Díaz, domiciliado en la Parroquia de Yagua, Municipio Guacara del estado Carabobo.
En consecuencia, éste Juzgado Agrario las admite a sustanciación cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 221 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. En éste sentido, se apercibe a la parte promovente, que la evacuación de los testigos ya identificados, se realizará el día y hora en que tenga lugar la audiencia de pruebas, la cual será fijada por auto separado en la oportunidad correspondiente, de conformidad con el artículo 225 eiusdem; asimismo se le informa que tendrá la carga de presentar a los mismos en la sede del Tribunal.
La Jueza,
ABG. DANIELA VALLÉS RODRÍGUEZ.
La Secretaria,
ABG. GLENDY GONZÁLEZ GUEVARA