REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 03 de julio de 2015
205° y 156°

Vista la oposición de fecha 29 de junio del año en curso, suscrita por el abogado JESUS EMILIO OLIVEROS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 229.937, actuando en su carácter de defensor Ad-Litem, de la parte demandada, con relación al escrito de pruebas de fecha 22 de junio del año en curso, presentado por al abogado HONNY ALEXANDER CLAVO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº V- 156.180, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, esta juzgadora se pronunciara con relación a misma al momento de dictar sentencia definitiva. Así se Decide.
En consecuencia, precede este Tribunal a reglamentar la admisión de las pruebas promovidas por el abogado HONNY ALEXANDER CLAVO, antes identificado, el Tribunal para resolver sobre su admisión pasa a decidir lo siguiente:

CAPITULO I
DE LAS DOCUMENTALES:
Por lo que respecta a este capitulo, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, se admite en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva. Así se Decide.
CAPITULO II
DE LAS TESTIMONIALES:
Por lo que respecta a este capitulo, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, se admite en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva. Así se Decide. En consecuencia, se fija el tercer (3º) día de despacho siguiente al de hoy a las Nueve y Diez de la mañana (09:00 y 10:00 a.m.) para tomarle declaración a los ciudadanos, JOSE JULIO BASTIDAS y DEXIS TRINIDAD LUGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 7.062.394 y V- 12.177.698, respectivamente en su orden.
Igualmente se fija para el quinto (5º) día de despacho siguiente a las Nueve y Diez de la mañana (09:00 y 10:00 a.m) para tomarle declaración a los ciudadanos MOISES RIERA y HOLMES GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 7.130.226 y V- 15.258.357, respectivamente.


Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano.
Juez Titular

Abg. Juan Carlos López
El Secretario