REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSÉ MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Extensión Puerto Cabello.
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Puerto Cabello y Juan José Mora
Puerto Cabello, veinte (20) de julio (07) de dos mil quince (2015)
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL: GP31-S-2015-000332
ASUNTO: GP31-S-2015-000332
UNICO: Título Supletorio Suficiente y Bastante a favor de CARMEN DELIA RODRIGUEZ HERNANDEZ, titular de la cedula de identidad Nro. V-7.389.735; sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad Municipal, correspondiente al Lote DI-A, que mide DOSCIENTOS TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS (233,00 Mts2), ubicado en la urbanización Los Cocos, sector las Parcelas, Avenida Principal, No 16, jurisdicción de la Parroquia Goaigoaza, Puerto Cabello, Estado Carabobo, comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas: NOROESTE: En 23,30 Mts, con casa No. 17 de la Avenida Principal que es su frente; SURESTE: En 23,30 Mts, con casa No. 15 de la Avenida Principal; NORESTE: En 10,00 Mts, con casa No. 29 de la 2da calle, y; SUROESTE: En 10,00 Mts, con Avenida Principal que es su frente. El Decreto de Titulo Supletorio sobre las bienhechurías que se determinan en el escrito de la solicitud y que aquí se reproducen, se declara con todos los derechos y atributos que la Ley acuerda, dejándose a salvo los derechos de terceros; atributos y derechos todos estos declarados conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, tal como se pidió. Déjese copia certificada del presente auto en el copiador de Autos Resolutorios que lleva este Juzgado. Devuélvase todo en original con sus resultas a la parte interesada. CUMPLASE.-
La Jueza Provisoria


Abg. EVELYN DEL VALLE GONZALEZ OCHOA La Secretaria,


Abg. BARBARA RUMBOS FALCON
En la misma fecha se devuelven en original con resultas estas actuaciones, a la parte solicitante, constante de doce (12) folios útiles. Cumpliéndose con lo ordenado.
La Secretaria,


Abg. BARBARA RUMBOS FALCON.