REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 31 de Julio de 2015
205º y 156º


Hecha la revisión de las actas procesales que conforman el presente asunto, se observa que riela inserta a los folios (37 al 44), sentencia definitiva dictada por este Juzgado Agrario el 17/07/2015, en la cual se declaro competente y con lugar la presente solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria; y por cuanto en contra de la mencionada decisión no se intentó recurso de apelación, se declara definitivamente firme.
La Jueza,

ABG. DANIELA VALLÉS RODRÍGUEZ,
La Secretaria,

ABG. GLENDY GONZÁLEZ GUEVARA

































Solicitud Nº 00848
DVR/gg/ms.-