REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 01 de Julio de 2015
205º y 156º
Visto el escrito del 25/06/2015 presentado por la abogada en ejercicio Aurora Celina Salcedo Medina, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.514.791, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 102.524, con domicilio procesal en la Urbanización El Parral, Avenida Rió Ventura (cuatro avenidas), C.C.P. Ceravica, piso 3, oficina 3D, Municipio Valencia del estado Carabobo, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano PEDRO ENRIQUE VIANA COLLAZO, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.412.486; mediante el cual solicita a este Tribunal, se sirva decretar medida cautelar innominada especial de protección a los suelos, sobre unas bienhechurias fomentadas en una extensión de dos (2) lotes de terrenos ubicados en el Sector denominado Sabanas de Aguirre y conocido como Fundo El Copei, Municipio Montalbán del estado Carabobo; en consecuencia, este Juzgado Agrario Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, ADMITE la presente solicitud de Medida Cautelar Innominada Especial de Protección a los Suelos, de conformidad con lo establecido en el artículo 243 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; y a los fines de constatar los hechos y afirmaciones en que fundamentan la presente solicitud, estima necesario realizar inspección judicial en el lote de terreno que se contrae el presente asunto cautelar. A tal efecto, se fija para el día lunes, 06 de Julio del año en curso, a las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.), la práctica de la referida inspección. En tal sentido, se ordena oficiar al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras del estado Carabobo, a los fines de asignarnos un (01) Ingeniero Agrónomo adscrito a dicha unidad, para prestar asesoría técnica en la práctica de la inspección judicial. Asimismo, se acuerda oficiar al Destacamento 411 Comando Zona Carabobo 5ta CIA Montalbán y a la Policía Municipal de Montalbán para que designen respectivamente, dos (02) funcionarios adscritos a sus instituciones y sirvan acompañar y resguardar a este Tribunal en la práctica de la referida inspección. De igual forma, a la Dirección Administrativa Regional-Carabobo, solicitando su colaboración para que facilite un vehículo perteneciente a esa dependencia con su respectivo chofer para el traslado del Tribunal. Líbrense oficios.
La Jueza,
ABG. DANIELA VALLÉS RODRÍGUEZ,
La…
…Secretaria,
ABG. GLENDY GONZALEZ GUEVARA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria,
ABG. GLENDY GONZALEZ GUEVARA
Expediente JAP-218-2013. (Cuaderno de medidas)
DVR/gg/ms.-