REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 04 de febrero de 2015
204° y 155°

Visto el auto de admisión de esta misma fecha, este Tribunal decreta la intimación de la parte deudora que lo es la Sociedad Mercantil LICOMANT, C.A., en la persona de su representante ciudadano CARLOS ALBERTO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 3.285.139, en su carácter de deudor principal, para que pague dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes, a partir de la fecha en que conste en autos su intimación, las siguientes cantidades: PRIMERO: La cantidad de DOS MILLON QUINIENTOS MIL DE BOLÍVARES CON 00/100 CÉNTIMOS (Bs. 2.500.000,00) monto correspondiente a las letras de cambio marcadas con las letras “A, B y C”. SEGUNDO: la cantidad de SEISCIENTOS CINCUENTA MIL BOLÍVARES CON 00/100 céntimos (Bs. 650.000,00) por concepto de costas, de conformidad con lo establecido en el Artículo 648 del Código de Procedimiento Civil. Apercíbasele que en el plazo indicado debe hacer el pago o formular oposición y que no habiendo ésta se procederá a la ejecución forzosa, de conformidad con el Artículo 651 del Código de Procedimiento Civil. Librese decreto de intimación y entréguesele al Alguacil de este Tribunal a los fines de que intime a la parte demandada.


Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano.
Juez Titular

Abg. Juan Carlos López
El Secretario
En la misma fecha libró decreto de intimación.

Abg. Juan Carlos López
El Secretario