TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 25 de Febrero de 2015
205° y 155°
Cumplida como ha sido la presente Solicitud, contentivo de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS PARA PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS), presentada por los Ciudadanos: AZUAJE TORRES MANUEL, AZUAJE TORRES MARIA DEL CRISTO, ASUAJE TORRES EDUARDO ANTONIO Y AZUAJE DE ROSALES MARIA DE LA TRINIDAD, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-8.062.186, V-6.680.687, V-9.258.840 Y V-11.399.109, Respectivamente, Asistidos por la abogada en ejercicio ESTHER JOSEFINA ROMERO, Inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 40.174,, y por cuanto solicita le sean declarado suficientes las probanzas evacuadas para acreditarle la cualidad que tiene de ser UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS: MANUEL MARIA AZUAJE, y vistas las declaraciones de los testigos, los ciudadanos: GUEDEZ COLMENAREZ ANTONIO JOSUE Y TAPIAS CONTRERAS EDWARD JAVIER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V- 21.031.127 y Nº V-24.300.828. Por consiguiente, este Tribunal ordena declarar suficientes las probanzas evacuadas, para acreditarle a los solicitantes: AZUAJE TORRES MANUEL, AZUAJE TORRES MARIA DEL CRISTO, ASUAJE TORRES EDUARDO ANTONIO Y AZUAJE DE ROSALES MARIA DE LA TRINIDAD, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-8.062.186, V-6.680.687, V-9.258.840 Y V-11.399.109, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS: MANUEL MARIA AZUAJE, dejando a salvo los derechos de Terceros. Se hace esta declaratoria, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Désele salida y devuélvase lo actuado.
EL JUEZ TITULAR
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio salida constante de Veinticuatro (24) folios útiles.
El Secretario Titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

RECIBIDO POR__________________ C.I. Nº. _______________________
FECHA._________________________ HORA: _______________________
SOL. Nº 5083-15
ALA/JPPT/Oswaldo

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