REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 15 de Enero del año dos mil Quince
204º y 1545
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA

Expediente: GP02-L-2010-002466
DEMANDANTE: RICARDO CARBAJAL C.I. Nº 14.677.866
DEMANDADO: BRASILINDA C.A
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Vista la transacción que corre inserto a los autos en los siguientes términos: Se recibe del ciudadano RICARDO CARBAJAL C.I. Nº 14.677.866 asistido por la Abg. FRANCIS ALFONZO MARIN, IPSA N° 54.825, por una parte y por la otra el Abg. JOSE DIONISIO MORALES, IPSA N° 13.122, actuando en representación de la Sociedad de comercio BRASILINDA C.A, Escrito constante de 03 folios y 01 folio anexo, mediante la cual consigna acuerdo transaccional.

Este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 eiusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se publica y registra la presente decisión, déjese copia en el copiador de sentencia. Se exhorta a las partes a cumplir de buena fe el acuerdo.
LA JUEZ

ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ

LA SECRETARIA
ABG. YAJAIRA MARTINEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado siendo las 2:19 p.m.
LA SECRETARIA
ABG. YAJAIRA MARTINEZ