REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, Veintiséis (26) de Enero de 2015
204° Y 155°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2014-001223
PARTE ACTORA: HECTOR ALONSO JIMENEZ SANCHEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: ATENTO VENEZUELA, S.A. (ACTUALMENTE DENOMINADA VOCEM 2013 TELESERVICIOS S.A.)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: FLORANGEL SALCEDO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día hábil de hoy, Veintiséis (26) de Enero de 2015, oportunidad fijada para tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, así mismo, se deja constancia de la comparecencia de la entidad de trabajo ATENTO VENEZUELA, S.A. (ACTUALMENTE DENOMINADA VOCEM 2013 TELESERVICIOS S.A.), epresentada por la abogada en ejercicio FLORANGEL SALCEDO, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 95.980, en su carácter de apoderada judicial según instrumento poder que acredita su representación, consignado en copias simples y cuyo original estuvo a la vista de este Tribunal y a efectos videndi se procedió a la devolución del mismo.
En vista de la incomparecencia del trabajador y por cuanto no se han vulnerado los derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ.,

Dra. MARIA EUGENIA NUÑEZ BRICEÑO.

LA PARTE DEMANDADA.,
La Secretaria.,