REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO



Valencia, 21 de Enero de 2015
204º y 155º

Vista la demanda presentada por la ciudadana YOAN BETINA VON BIREN JOSEPH, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.359.014, debidamente asistida por el abogado MARIO RAMON MEJIAS ALVARADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 146.521, junto con los recaudos acompañados. Se ordena su admisión, por no ser la misma contraria al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley. Todo de conformidad con lo establecido en el articulo 388 del Código de Procedimiento Civil (juicio ordinario), en consecuencia, emplácese a la parte demandada que lo es el ciudadano ISMAEL ANTONIO CARICOTE VARGAS, venezolano, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº 5.381.785, de este domicilio; para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a partir de la fecha a que conste en autos la citación, a dar contestación a la demanda. Expídanse copias certificadas fotostáticas del libelo de la demanda, del presente auto, con su orden de comparecencia al pié, a fin de formar las compulsas respectivas de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil y entréguesele al Alguacil de este Tribunal a los fines de tramitar la citación. Líbrese compulsa.


Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
La Juez Titular Abg. Juan Carlos López
Secretario

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.


El Secretario