REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA.

JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 20 de Enero de 2015
204° y 155°
Visto el escrito de fecha 13 de Enero de 2014, según distribución Nº 581, junto con sus anexos, presentado por la ciudadana NANCY DEL CARMEN PADILLA, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 11.591.588, asistido del Abogado AQUINO JOSE TESTA BELLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 167.847. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la ley; se ADMITE en cuanto a lugar en derecho, la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, (Procedimiento Ordinario). Désele entrada y fórmese expediente, emplácese a la demandada de autos ANA LUISA HERRERA RODRIGUEZ, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.257.553, domiciliada en el Sector Mariscal Sucre, Calle Las Delicias, Nº 03, Mariara, Municipio Diego Ibarra del Estado Carabobo, para que comparezca por ante este Tribunal, ubicado en: Calle Ayacucho, Sector El Carmen, Nº 08, frente a la Plaza Bolívar, Mariara estado Carabobo, dentro de los Veinte (20) días de Despacho siguientes a que conste en autos su citación, en las horas fijadas en la tablilla para Despachar de 08:30 a.m. a 03.30 p.m., a los fines de dar contestación a la demanda de reconocimiento documento privado presentado por la ciudadana NANCY DEL CARMEN PADILLA, titular de la Cedula de Identidad Nº V- 11.591.588, asistido del Abogado AQUINO JOSE TESTA BELLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 167.847. Líbrense las correspondientes compulsas, insertándose el presente auto de Admisión y copia del libelo de la demanda UNA VEZ SEAN SUMINISTRADOS LOS FOTOSTATOS POR LA PARTE INTERESADA, a los fines de la práctica de la citación. Haciéndosele saber a la parte interesada la obligación que tiene de sufragar los emolumentos del Alguacil de este Tribunal, a los fines de la práctica de la Citación ordenada, todo de conformidad con el Articulo 12 de la Ley de Arancel Judicial y sentencia Nº 537 de fecha 06 de Julio del 2004, emanada de la sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Se designa para la certificación de los fotóstatos a la ciudadana YURIMAR DELGADO, titular de la cédula de identidad N° V-17.275.491, en su carácter de Asistente de éste Juzgado, para que conjuntamente con el Secretario del Tribunal, las firmen y certifiquen en cada una de las páginas de acuerdo a lo establecido en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase con lo ordenado. Líbrese compulsas y exhorto.
El Juez Titular
Dr. ANGEL LEONARDO ANSART.
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA
En igual fecha se cumplió con lo ordenado. Se le dio entrada bajo el Nº. 1415-15, y se entregará Compulsa al Alguacil una vez sean suministrados los fotostatos por la parte interesada, para su práctica.
El Secretario Titular

El Alguacil Titular
EXP: 1415-15
ALA/JPPT/yuri