REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 09 de Enero de 2015
204º y 155º
Visto el escrito de demanda contentiva de Acción Posesoria Agraria por Perturbación, presentada por los abogados Abiel Eli Pereira Briceño y José Gregorio Paredes Requena, titulares de las cédulas de identidades Nros. V-13.382.207 y V-12.604.806, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 141.117 y 218.737, en su orden, actuando con carácter de Apoderados Judiciales de la Sociedad Mercantil INVERGE, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 17 de abril de 2002, bajo el número 12, Tomo 4-A, modificada en fecha 17 de abril de 2002, inscrito en el tomo 19-A, anotada bajo el numero 61 por la ante up supra oficina de registro; constante de tres (03) folios útiles y ciento noventa y nueve (199) anexos. Désele entrada y el curso de ley correspondiente.
La Jueza,
ABG. DANIELA VALLÉS RODRÍGUEZ,
La Secretaria,
ABG. GLENDY GONZÁLEZ GUEVARA
En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº JAP-258-2015. Conste,
La Secretaria,
ABG. GLENDY GONZÁLEZ GUEVARA
Expediente JAP-258-2015.
DVR/gg/ms.-