REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, Once (11) de Agosto de dos mil quince
205º y 156º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2013-001371
PARTE OFERENTE: JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL MONTE ARARAT RESIDENCIAS SUITES.
APODERADOS DE LA PARTE OFERENTE: DANIEL AGUILERA
PARTE OFERIDA: BENAVIDEZ LOPEZ
APODERADOS DE LA PARTE OFERIDA: DAVID DIAZ
MOTIVO: CONSIGNACION DE PRESTACIONES SOCIALES

Visto el escrito transaccional que antecede suscrito por el ciudadano BENAVIDEZ LOPEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. 7.144.719, asistido por el abogado en ejercicio DAVID DIAZ, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 189.002, en su carácter de parte oferida y por la parte oferente JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL MONTE ARARAT RESIDENCIAS SUITES, representada por la ciudadana MARTHA BARRETO, en su carácter de Presidente, asistida por el abogado en ejercicio DANIEL AGUILERA, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 203.684, mediante el cual dejan constancia de la cancelación de las prestaciones sociales y demás conceptos laborales que le corresponden al trabajador por la prestación de servicios.
En vista de que las partes llegaron a un acuerdo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE.

La Juez.,


ABG. MARÍA EUGENIA NÚÑEZ BRICEÑO

La Secretaria.,

Abg. Yajaira Martínez