REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, dieciséis de abril de dos mil quince
204º y 156º

ASUNTO: GP02-L-2011-002286
PARTE DEMANDANTE: NADIA PEROZO CASTILLO
PARTE DEMANDADA: MEDIFARM INVERSIONES Y REPRESENTACIONES C.A
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Vista el acuerdo de pago presentado ante la URDD de este circuito laboral el 27-03-15, suscrita por la apoderada judicial de la parte demandante, abogado, Cesar Guerrero, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 119.695 y por la otra parte, la demandada, representada por su apoderado judicial, el abogado, Freddys Dorta, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 62.064, quienes llegaron a un acuerdo de pago por la cantidad de Bs. 130.000,00, dejando constancia que le fue pagada a la parte demandante la referida cantidad antes mencionada. Igualmente, vista diligencia de fecha 10 de Abril de 2015, suscrita por el apoderado judicial de la parte demandada y lo solicitado. En consecuencia, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, verificado como han sido las documentales y visto que el pago no es contrario a derecho, este tribunal, HOMOLOGA EL PAGO realizado en el presente expediente. Déjese copia certificada de la presente decisión.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia a los 16 de Abril del año 2015, a las 3:10 p.m. Año 204º y 156º.

La Juez
Abg. Angélica Hernández Sánchez
La Secretaria
Abg. Sugeil Aular

Se deja constancia que en el día de hoy 16 de Abril de 2015, se publicó y
diarizó la presente decisión.

La Secretaria
Abg. Sugeil Aular