REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 27 de abril de 2015
205° y 156°

Visto el contenido de la demanda y sus recaudos anexos, presentado por el abogado ROBERT BLANCO AGUILAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 210.314, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ALIRIO JOSE BRACAMONTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 7.259.582, este Tribunal para pronunciarse sobre la admisión observa:
Que de la revisión de los recaudos anexos, en el Expediente Administrativo Nro. (054-04-14) 2.012, levantado por el “Cuerpo Técnico de vigilancia de Tránsito y Transporte Terrestre”correspondiente al accidente de transito, se observa que dicho suceso ocurrió en la Panamericana sector San Pedro, estado Mérida.
Ante lo expuesto y por aplicación del artículo 150 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley se declara INCOMPETENTE POR TERRITORIO para conocer de la presente acción y declina la competencia ante el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. ASI SE DECIDE. Désele salida en los libros respectivos y Líbrese oficio una vez que haya transcurrido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese y déjese copia.


Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano.
Juez Titular
Abg. Juan Carlos López
El Secretario