TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 28 de Abril de 2015
205º y 156º
Visto el anterior escrito, recibido por distribución signado con el Nº 0139, presentado por el ciudadano: DE LA TORRE RAMOS ALBERTO JOAQUIN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.063.390, asistido por el abogado: ALVARADO DORANTES CARLOS ARTURO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº.122.109, désele entrada, asígnesele, háganse las anotaciones en los libros respectivos y por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden publico, ni a ninguna disposición expresa de la ley, SE ADMITE cuanto a lugar en derecho la solicitud de JUSTIFICATIVO DE TESTIGO DE POSESION DE VEHICULO (CIVIL). En consecuencia, el Tribunal acuerda de conformidad, lo solicitado, todo de acuerdo a lo preceptuado en el articulo 94 del reglamento de la Ley de Transito y Transporte Terrestre, en concordancia con el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil. Por ende, se ordena oficiar A LA UNIDAD ESTATAL DE VIGILANCIA DE TRANSITO TERRESTRE CENTRO DE REVISION LOS GUAYO DEL ESTADO CARABOBO Y AL CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS (C.I.C.P.C) DE LA SUB. DELEGACIÓN PLAZA DE TORO DEL ESTADO CARABOBO, a los fines de que realice Experticia sobre el referido vehiculo objeto de la solicitud. Todo de conformidad con lo requerido por el Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre, Con relación a los testigos, éstos declararán en el momento oportuno que la parte los presente. Cúmplase con lo ordenado. Líbrese oficio.-
EL JUEZ TITULAR


Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
El Secretario Titular
Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, y se le dio entrada bajo el Nº 5160-15 y Líbrese oficio Nº 22-107-44-378-15 Y Nº 22-107-44-379-15 .
El Secretario Titular

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

SOL. N° 5160-15
ALA/JPPT/Oswaldo

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