REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 16 de Abril de 2015
204° y 156°

SOLICITANTE: DORIS COROMOTO PEREZ RINCONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.313.134, asistida por la abogada ODIS DAYANA PALACIOS DE QUINTERO, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 222.753, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos GLORIA COROMOTO PEREZ RINCONES, ANTONIA ELENA PEREZ RINCONES, JOSE GREGORIO PEREZ RINCONES, OMAR ANTONIO PEREZ RINCONES, LUIS ENRIQUE PEREZ RINCONES, JUAN MIGUEL PEREZ RINCONES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V- 8.837.394, V-9.829.517, V-10.230.471, V-13.103.297, V-15.494.394 y V-15.900.604, respectivamente.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE Nro. 7981

En relación a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, admitida en fecha 03 de Noviembre de 2014, suscrita por la ciudadana DORIS COROMOTO PEREZ RINCONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.313.134, asistida por la abogada ODIS DAYANA PALACIOS DE QUINTERO, inscrita en el IPSA bajo el Nro. 222.753, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos GLORIA COROMOTO PEREZ RINCONES, ANTONIA ELENA PEREZ RINCONES, JOSE GREGORIO PEREZ RINCONES, OMAR ANTONIO PEREZ RINCONES, LUIS ENRIQUE PEREZ RINCONES, JUAN MIGUEL PEREZ RINCONES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V- 8.837.394, V-9.829.517, V-10.230.471, V-13.103.297, V-15.494.394 y V-15.900.604, respectivamente, actuando en su condición de hijos del De-Cujus LUIS RAFAEL PEREZ OLIVEROS quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.368.252, quien falleció ab-intestato el día 10 de Enero del año 2012, el Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Tribunal a los testigos promovidos por la mencionada ciudadana.
Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICOS Y UNIVERSAL HEREDEROS” a los ciudadanos, DORIS COROMOTO PEREZ RINCONES, GLORIA COROMOTO PEREZ RINCONES, ANTONIA ELENA PEREZ RINCONES, JOSE GREGORIO PEREZ RINCONES, OMAR ANTONIO PEREZ RINCONES, LUIS ENRIQUE PEREZ RINCONES, JUAN MIGUEL PEREZ RINCONES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-12.313.134, V- 8.837.394, V-9.829.517, V-10.230.471, V-13.103.297, V-15.494.394 y V-15.900.604, respectivamente, actuando en su condición de hijos del De-Cujus LUIS RAFAEL PEREZ OLIVEROS, dejándose salvo los derechos de terceros y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones a la solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia a los dieciséis (16) días del Mes de Abril de 2015. Años: 204° de la Independencia y 156° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO

Abg. YOVANI RODRIGUEZ CANTERO.
LA SECRETARIA TEMPORAL

Abg. GRISEL SANGRONIS
En la misma fecha siendo las 11:30 de la mañana, se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA TEMPORAL

Abg. GRISEL SANGRONIS

YGRC/GS/Maria Angélica.
Exp. 7981-2015