REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Valencia, 22 de Abril de 2015
205º y 156º

Por recibida la presente demanda, con ocasión a la decisión del 20/02/2015 proferida por el Juzgado Superior Agrario de las Circunscripción Judicial del estado Aragua, con competencia en Carabobo, en virtud de demanda por reivindicación, interpuesta por el ciudadano Giuseppe Guerra Brandonisio, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.092.108, asistido por la abogada en ejercicio Gloria Palma Núñez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-1.365.555, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 2729, contra el ciudadano Ángel David Ramírez Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.148.821, de este domicilio, representado por el abogado en ejercicio Luís Antonio Lleras Mendible, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.097.348, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 125.359 constante de tres (03) piezas principales, constante la primera de quinientos treinta y tres (533) folios útiles, la segunda pieza de trescientos cincuenta y siete (357) folios útiles y la tercera pieza de ciento seis (106) folios útiles. Désele entrada y el curso de ley correspondiente.
La Jueza,


Abg. DANIELA VALLÉS RODRÍGUEZ.
La Secretaria,


Abg. GLENDY GONZÁLEZ GUEVARA.

En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº JAP-266-2015. Conste,

La Secretaria,


Abg. GLENDY GONZÁLEZ GUEVARA.





Expediente JAP-266-2015.
DVR/gg