REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de Puerto Cabello
Puerto Cabello, (09) de ABRIL de dos mil quince (2015)
204º y 156º
N° DE EXPEDIENTE: GP21-L-2015-000013
PARTE ACTORA: CARMEN RODRIGUEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DAYSI PULIDO
PARTE DEMANDADA: SERVINAVE C.A. Y MATTHIAS SCHULTZ
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MANUEL ALEJANDRO URDANETA CONSTANTI
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy 09 de abril 2015, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por motivos de cobro de prestaciones sociales, que incoara el ciudadana, CARMEN RODRIGUEZ venezolana, mayor de edad, portadora de la cedula de identidad n° 10.249.401, en contra de la entidad mercantil, SERVINAVE C.A. y MATTHIAS SCHULTZ que en su nombre comparece, MANUEL ALEJANDRO URDANETA CONSTANTI, inscrito en el inpreabogado nº 117.751, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadana, CARMEN RODRIGUEZ. Ni por si ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Decimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con sede en Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Año 156º y 204º.
EL JUEZ
Abg. EUSTOQUIO JOSE YEPEZ GARCIA
LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. DINA PRIMERA ROBERTIS
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