REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veintitrés de septiembre de dos mil catorce
204º y 155º

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2014-000171.
PARTE ACTORA: PABLO RODRIGUEZ ESPARZA.
PARTE DEMANDADA: ALIMENTOS HEINZ C.A. y CONGENTE C.A. SUCURSAL VALENCIA.
APODERADOS JUDICIALES.: MARIANGEL VELOZ. Y FREDDY RONDON.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.


En el día hábil de hoy, 23 de Septiembre de 2014, siendo las 9:00 a.m., oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa; habiéndose efectuado el llamado de Ley; se deja expresa constancia que la Parte Actora, ciudadano PABLO RODRIGUEZ ESPARZA, titular de la cédula de identidad N° 10.538.243; no se hizo presente ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno.- Presente la abogado MARIANGEL VELOZ, inscrita en el Ipsa bajo el N° 168.627; en su carácter de apoderado judicial de ALIMENTOS HEINZ C.A., y el abogado FREDDY RONDON; inscrito en el Ipsa bajo el N° 76.095; en su carácter de apoderado judicial de CONGENTE C.A. SUCURSAL VALENCIA; quienes presentaron poder original para vista y devolución. En este estado, vista la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar, resulta forzoso para este Juzgado Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarar: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y así se establece.-

PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.

La Jueza,

FARIDY SUAREZ COLMENARES.


La Secretaria,


MARIA ELENA FUENTES.



En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 10:00 a.m.-


LA SECRETARIA,

MARIA ELENA FUENTES.