REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA DOS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala 2 Corte de Apelaciones Penal - Valencia
Valencia, 3 de Septiembre de 2014
Años 204º y 155º
ASUNTO: GP01-R-2013-000126
Ponente: ELSA HERNANDEZ GARCIA
Corresponde a esta Sala conocer el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada TANIA GISELA RONDON YANEZ, en su condición de defensora Pública Décima Segunda, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº10 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en fecha 15 de Abril de 2013, mediante la cual Decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a su defendido JESUS ALBERTO CARDOZO GONZALEZ, en el asunto principal Nº GP01-P-2013-006382, por la comisión del delito de: ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE PÙBLICO, previsto y sancionado en el tercer aparte del Articulo 357 del Código Penal.
Dado el trámite legal al recurso de apelación, el juzgador A quo remitió las actuaciones a la Corte de Apelaciones, dándosele entrada a dicha causa en esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones en fecha 15 de agosto de 2014, quedando asignada la ponencia a la Juez Superior Nº 4, Dra. ELSA HERNANDEZ GARCÍA.
En fecha 15 de agosto de 2014 se aboca al conocimiento de la presente causa la Jueza Temporal Nº 06 ABG. YOIBETH ESCALONA MEDINA, quien suplirá la ausencia temporal, en virtud de la aprobación del disfrute legal de las vacaciones correspondientes por ley de la Jueza Nº 06 ABG. MORELA GUADALUPE FERRER BARBOZA, quien fue designada Jueza Nº 06 integrante de esta Sala Nº 02 de Corte de Apelaciones, por traslado del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón al Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, debidamente juramentada en fecha 18/06/2014 ante la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo asume el conocimiento de la presente actuación la Dra. DEISIS ORASMA DELGADO, designada Jueza Provisoria de la Corte de Apelaciones Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, en fecha 11 de Agosto de 2014 por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia y debidamente juramentada en fecha 13 de Agosto de 2014; quedando constituida esta Sala Nro. 2 por las Juezas Nro. 4 ELSA HERNANDEZ GARCIA (ponente), Nro. 5 DEISIS ORASMA DELGADO y Nro. 6 (Temporal) YOIBETH ESCALONA MEDINA.
Esta Sala encontrándose dentro del lapso previsto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal vigente y de conformidad con el artículo 428 ejusdem, observa:
PRIMERO: Que el recurso de Apelación fue ejercido por la defensora Pública Décima Segunda, adscrita a la Defensoria Pública del Estado Carabobo, TANIA GISELA RONDON YANEZ, por tanto posee legitimidad para ejercer dicho recurso tal como consta en las actuaciones.
SEGUNDO: Que la decisión cuyo recurso de apelación se solicita, fue dictada el día 15 de Abril de 2013, tomándose como fecha de notificación a la defefensa, el dia 02 de Mayo de 2013, fecha en la cual fue interpuesto recurso de Apelación por parte de La Defensora Pública, en virtud que no fueron librados boletas de notificación, como hace constar la Secretaria del tribunal a quo mediante acta inserta al folio cuarenta (40) del presente Recurso, por lo que dicho medio de impugnación, se tiene como presentado en el tiempo hábil de Ley; asimismo se evidencia que la representación Fiscal dio contestación al recurso en fecha 30 de Mayo de 2014, todo lo cual se ha constatado asimismo, de la certificación elaborada por la Secretaria del Tribunal de la causa, de días de despacho que cursa al folio cuarenta (40) del presente recurso.
TERCERO: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa del Código Orgánico Procesal Penal.
DECISIÓN
En consecuencia esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: ADMITIDO el presente recurso de apelación interpuesto por la Abogada TANIA GISELA RONDON YANEZ, en su condición de defensora Pública, Adscrita a la Defensoria Pública del Estado Carabobo, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 10 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, de fecha 15-04-2013, mediante la cual Decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a su defendido JESUS ALBERTO CARDOZO GONZALEZ, en el asunto principal Nº GP01-P-2013-006382, por la comisión del delito de: ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE PÙBLICO, previsto y sancionado en el tercer aparte del Articulo 357 del Código Penal.
LAS JUEZAS DE SALA
ELSA HERNANDEZ GARCIA
PONENTE
DEISIS ORASMA DELGADO YOIBETH ESCALONA MEDINA
El Secretario
Carlos López Castillo.
Hora de Emisión: 3:09 PM