REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 29 de Septiembre de 2014
204º y 155º
Por recibida la anterior Demanda Agraria, en horas de despacho del día martes, veintitrés (23) de Septiembre de 2.014, a las once y cuarenta y cinco de la mañana (11:45 a.m.), presentada por los abogados en ejercicio, Belkys Blanco y Nixón Linares, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 6.717.693 y V- 7.015.250, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 80.317 y 152.816, en su orden; actuando con el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana IBIDAI JOSEFINA CASTRO DE HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.178.279; constante de tres (03) folios útiles y veintidós (22) anexos. Désele entrada y el curso de ley correspondiente.
La Jueza,
ABG. DANIELA VALLÉS RODRÍGUEZ.
La Secretaria,
ABG. GLENDY GONZALEZ GUEVARA.
En la misma fecha se le dio entrada bajo el Nº JAP-250-2014. Conste,
La Secretaria,
ABG. GLENDY GONZALEZ GUEVARA.
Expediente JAP-250-2014.
DVR/gg/dl.