REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, diecisiete de octubre de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: GP02-L-2014-000356
PARTE ACTORA: GUANER ANTONIO MEZA LOPEZ.
PARTE DEMANDADA: VENEQUIP, S.A. y ASOCIACION COOPERATIVA VALENCAT, R.L.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.


Visto el escrito de fecha 25 de Septiembre de 2014, suscrito por la parte actora, ciudadano GUANER ANTONIO MEZA LOPEZ., titular de la cédula de identidad N° 18.346.452; debidamente asistido por el abogado ALBERTO SERRANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el 133.754; mediante la cual manifiesta que DESISTE del presente procedimiento; una vez revisado el desistimiento se observa que no se han vulnerado los derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público; es por lo que este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DA POR TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-

PUBLIQUESE. REGISTRESE.
DEJES COPIA AUTORIZADA.

LA JUEZA,


FARIDY SUAREZ COLMENARES.



LA SECRETARIA,


MARIA ELENE FUENTES.




En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, siendo las 2:00 p.m.-



LA SECRETARIA,

MARIA ELENA FUENTES