REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, doce de noviembre de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: GP02-S-2014-000142.
PARTE OFERENTE: AUTOVAL C.A. (AVALCA)
PARTE OFERIDA: FLAUBERT FABIAN FLORES.
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO.
Visto el acuerdo transaccional presentado en fecha 18 de Febrero de 2014, por el ciudadano FLAUBERT FABIAN FLORES., titular de la cédula de identidad N° 21.154.373; debidamente asistido por la abogado TEYLU SEPULVEDA, inscrita en el Ipsa bajo el 139.374; y por otro lado la abogado MARIA ESTELA RODRIGUEZ, inscrita en el Ipsa bajo el N° 50.030; en su carácter de apoderad judicial de AUTOVAL C.A. (AVALCA) .; visto el referido escrito y ante la solicitud de las partes; este Tribunal, por cuanto observa que el acuerdo celebrado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. En consecuencia se da por concluido el proceso, se ordena el cierre definitivo del presente expediente, y su posterior remisión a la Oficina de Archivo.-
PUBLIQUESE. REGISTRESE.
DEJES COPIA AUTORIZADA.
LA JUEZA,
FARIDY SUAREZ COLMENARES.
LA SECRETARIA,
MARIA ELENE FUENTES.
En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia, siendo las 2:00 p.m.-
LA SECRETARIA,
MARIA ELENA FUENTES.
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