REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo

Valencia, veintidós de mayo de dos mil catorce
204º y 155º

ASUNTO: GP02-L-2014-000234.

PARTE ACTORA: MARIEL ANAIS MARQUEZ SUAREZ.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NIRMA YOLANDA CEBALLOS R.
PARTE DEMANDADA: ASOCIACION COOPERATIVA SUMVEN R.L., y solidariamente a los ciudadanos: ULISES EDUARDO RIVAS FLORENZANO, FLORENZANO DE RIVAS SOE ISBELIA, VASQUEZ PERALTA YASLIN, SARMIENTO QUERO WILLIAMS JOSE, y FLORENZANO PEÑALOZA RAMON ERNESTO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-

Vista la diligencia de fecha 16 de Mayo de 2014; suscrita por la apoderado judicial de la parte actora abogado, NIRMA YOLANDA CEBALLOS RODRIGUEZ, inscrita en el Ipsa bajo el N° 74.267, suficientemente facultada en autos, mediante la cual procedió a DESISTIR DEL PROCEDIMIENTO Y LA ACCION, contra los demandados solidarios: WILLIAM JOSE SARMIENTO QUERO, ZOE ISBELIA FLORENZANO DE RIVAS y RAMON ERNESTO FLORENZANO PEÑALOZA; identificados con la cédula de identidad Nros: 3.897.063, 4.863.024, y 4.462.245, respectivamente; manteniéndose incólume con relación a los demás demandados; y por cuanto se observa que dicho desistimiento no es contrario a derecho, ni vulnera normas de orden público; este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO SOLO DEL PROCEDIMIENTO FORMULADO POR LA PARTE ACTORA, respecto a los Ciudadanos: WILLIAM JOSE SARMIENTO QUERO, ZOE ISBELIA FLORENZANO DE RIVAS y RAMON ERNESTO FLORENZANO PEÑALOZA, supra identificados, en los términos como consta en la presente acta, dándole efectos de COSA JUZGADA; en consecuencia, se tiene concluido el proceso y el procedimiento respecto a los ciudadanos sobre los cuales recayó el desistimiento; advirtiendo que se prosigue la causa contra la demandada: ASOCIACION COOPERATIVA SUMVEN R.L., y solidariamente contra los ciudadanos ULISES EDUARDO RIVAS FLORENZANO y VASQUEZ PERALTA YASLIN; y así se establece.-

PUBLIQUESE. REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.

LA JUEZA,

FARIDY SUAREZ COLMENARES.



EL SECRETARIO,


MOISES NOGUERA,..



En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 2.00 p.m.-



EL SECRETARIO,

MOISES NOGUERA,..