REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA DOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala 2 Corte de Apelaciones Penal - Valencia
Valencia, 27 de mayo de 2014
Años 204º y 155º

ASUNTO: GP01-R-2014-000070
Ponente: FATIMA GREGORIS SEGOVIA CH.-

Corresponde a esta Sala conocer el recurso de APELACION DE SENTENCIA interpuesto por los abogados ELOY RUTMAN CISNEROS, MIGUEL VASQUEZ PERNIA y JOSE NEPTALI SANCHEZ, en su condición de apoderados judiciales de la empresa TOMCAR C.A ALMACEN, contra la SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo Extensión Puerto Cabello, en fecha 14 de Octubre de 2013, a favor de los ciudadanos IRENE BURGIO DE CAPUZZI, PATRIVIA MARIA CAPUZZI BURGIO, FABRICIO CAPUZZI BURGIO, y MAXIMILIANO GIUSAPPA CAPUZZI BURGIO, en la actuación GP11-2008-000538 seguida a los aludidos ciudadanos, por la presunta comisión del delito de ESTAFA CALIFICADA, previsto y sancionado en el articulo 464 ordinal 01 del Código Penal, en perjuicio de la Compañía Anónima TOMCAR.

Interpuesto como fue el presente recurso, el tribunal a quo dio el tramite de ley y emplazo a la representación fiscal en fecha en fecha 29-01-2014, quien dio contestación al presente, remitiéndose los autos a esta Corte de Apelaciones en fecha 17-02-2014, siendo que en fecha 18-02-2014, se dio cuenta en Sala del presente asunto, correspondiendo por distribución computarizada como ponente a la Jueza Temporal Sexta Temporal ABG. YOIBETH ESCALONA MEDINA, conformándose la Sala conjuntamente con las Juezas Superiores Nº 04 ELSA HERNANDEZ GARCIA y Nº 05 CARMEN BEATRIZ CAMARGO PATIÑO, solicitándose mediante auto de fecha 19-02-2014, la totalidad de las actuaciones principies al Tribunal a quo, lo cual fue recibido mediante auto de fecha 10-03-2014.

Mediante acta de fecha 13 de Marzo del año en curso la Jueza Superior Nº 04 ABG. ELSA HERNANDEZ GARCIA, presento formal acta mediante el cual procedió a inhibirse del conocimientos del presente asunto, toda vez que se encuentra incursa en algunas de las causales de inhibición tipificadas por el Texto Adjetivo Penal.

En fecha 14 de Marzo de 2014, visto el acta de inhibición de la Jueza Nº 04 de esta Corte de Apelaciones, de conformidad con el articulo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se solicito ante la Secretaria de esta Corte de Apelaciones el correspondiente sorteo a los fines de designar un juez para complementar la Sala Accidental de la Sala 02 de esta Corte de Apelaciones, siendo designada mediante acta Nº 349, la Jueza Temporal Nº 03 ABG. DEISIS ORASMA DELGADO, librándose l respectiva boleta de notificación a la jueza designada.

Mediante auto de fecha 24 de Marzo de 2014, vista la resulta de la boleta de notificación librada a la Jueza Designada, se conformo la presente Sala Accidental por las Juezas Nº 06 y ponente YOIBETH ESCALONA MEDINA, Nº 05 CARMEN BEATRIZ CAMARGO PATIÑO y Nº 03 DEISIS ORASMA DELGADO, mediante resolución de esta fecha, se acordó la devolución del presente asunto al Tribunal a quo a los fines que se cumpliera con emplazamiento de la defensa privada de los sobreseídos de autos.

El Tribunal a quo, una vez realizado lo ordenado, ordeno la devolución del asunto a esta Corte de Apelaciones en fecha 02-05-2014, dándose nuevamente cuenta en Sala del presente asunto en fecha 12-05-2014, correspondiéndole la Ponencia a la Jueza Superior Nº 06 FATIMA GREGORIS SEGOVIA CH, luego de reincorporarse del disfrute legal de sus vacaciones correspondientes por ley, conformándose la Sala Accidental conjuntamente con las Juezas Nº 03 DEISIS ORASMA DELGADO y Nº 05 CARMEN BEATRIZ CAMARGO PATIÑO.

En fecha 20-05-2014, asume el conocimiento del presente recurso el Juez Superior Nº 03 integrante de la Sala Nº 01 de esta Corte de Apelaciones ABG. JOSE DANIEL USECHE ARRIETA, luego de reintegrarse a sus labores jurisdiccionales, en virtud que le fuera prescrito reposo medico, quedando entonces conformada la Sala Accidental por los Jueces Nº 06 FATIMA GREGORIS SEGOVIA CH (Ponente), Nº 05 CARMEN BEATRIZ CAMARGO PATIÑO y Nº 03 JOSE DANIEL USECHE ARRIETA.

Esta Sala encontrándose dentro del lapso previsto en el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, a los fines de admitir o no este recurso, observa:

PRIMERO: El recurso ha sido interpuesto por los abogados ELOY RUTMAN CISNEROS, MIGUEL VASQUEZ PERNIA y JOSE NEPTALI SANCHEZ, quiénes conforme se desprende de las actuaciones originales, poseen la condición de apoderados judiciales de la empresa TOMCAR C.A ALMACEN y por lo tanto se encuentran legitimados para ejercerlo.

SEGUNDO: El recurso ha sido interpuesto contra la Sentencia de Sobreseimiento dictada por el Tribunal 02 en función de Control de este Circuito Judicial Penal Extensión Puerto Cabello, en fecha 14 de Octubre del 2013 que el recurso ha sido presentado el día 03 de Diciembre 2012, que aun cuando el Tribunal a quo libro las correspondientes notificaciones a las partes sobre la decisión recurrida, dichas notificaciones no fueron efectivas, por lo que se toma que los recurrentes quedaron notificados en fecha 26-11-2013, por las copias que le fueron entregadas, es decir el presente recurso fue interpuesto al Quinto día hábil como se evidencia de la certificación de días de despacho inserta al folio 139 del presente recurso, por lo que a sido interpuesto en forma oportuna y por tanto dentro del lapso de ley.

TERCERO: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia, esta Sala 2 Accidental de la CORTE DE APELACIONES DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA ADMITIDO el recurso interpuesto de conformidad al artículo 443 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, y en cumplimiento al trámite procesal respectivo, se fija audiencia oral, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 447 primer aparte ejusdem, para el día 11 de Junio de 2014, a las 10:00 horas de la mañana. Notifíquese a las partes.

JUEZAS DE SALA


FATIMA GREGORIS SEGOVIA CH.
Ponente


CARMEN BEATRIZ CAMARGO PATIÑO JOSE DANIEL USECHE ARRIETA


El Secretario.
Abg. Carlos López Castillo.

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
El Secretario.

Hora de Emisión: 9:19 AM