REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 04 de marzo de 2015
204° y 156°
Visto el escrito de prueba de fecha 24 de febrero del año en curso, presentado por la Abogado DIGNORAK ISABEL MOTA SANCHEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 106.126,apoderada judicial de la parte actora en el presente juicio, el Tribunal resuelve de la manera siguiente:
CAPITULO I
DE LOS DOCUMENTALES:
Por lo que respecta a este capitulo, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, se admite en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva.
CAPITULO II
DE LAS TESTIMONIALES:
Con respecto a este capitulo, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, se admite en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva. En consecuencia, se fija el tercer (3º) día de despacho siguiente al de hoy a las 10:00 y 11:00 de la mañana para tomarles declaración a las ciudadanas MARIA VISAIDA PINTO MONTESINO y CARMEN ENEIDA ESCALONA LUNA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V- 14.381.242 y V- 9.449.734, respectivamente en su orden.
Igualmente se fija al quinto (5°) día de despacho siguiente al de hoy a las 10:00 de la mañana para tomarle declaración al ciudadano JULIO CESAR RIVAS MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 23.438.160.
Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano.
Juez Titular
Abg. Juan Carlos López
El Secretario