REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 05 de Mayo de 2014
204º y 155º
ASUNTO: Nº S-0017
Vista la solicitud presentada. Cumplidas como se encuentran las formalidades legales exigidas, así como los trámites y sustanciaciones ordenadas en el auto de admisión; este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA las presentes resultas como:
UNICO: Título Supletorio Suficiente y Bastante a favor de la ciudadana SIXTA TERESA TAPIA MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº V-23.178.635, asistida por el abogado JUAN VARGAS VARGAS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 190.613 ; sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad de Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), que mide CIENTO SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO CENTIMETROS CUADRADOS (169,50 Mts.2), consistente en una (1) casa, construida con una estructura de base y columnas de concreto y cabillas de hierros, paredes de bloques de cemento, piso de cemento, techo de acerolit; con distribución interna así: Dos (2) Puertas de Hierro, Cuarto (4) Ventanas Basculantes, Un (1) Baño, Dos (2) Dormitorios, Una (1) Sala Comedor, Una (1) Cocina, Garaje, Patio totalmente cercado de Bloque de Cemento, empotramiento mediante tubos para el colector de aguas negras, tuberías destinadas al aprovisionamiento de aguas blancas, y además posee todos los servicios públicos, ubicada en el Barrio Bello Monte III, Calle el Estudiante, Casa Nº 70-69, Jurisdicción de la Parroquia Rafael Urdaneta del Municipio Valencia, Estado Carabobo. Con los siguientes linderos y medidas: Noroeste: Con la casa Nº 70-79 de la calle El Estudiante, en una distancia de CATORCE METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (14,50 Mts). Sureste: Con la casa Nº 70-59 de la calle El Estudiante, en una distancia de CATORCE METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS (14,50 Mts). Noreste: Con la calle El Estudiante que es su frente, En una distancia de ONCE METROS CON SETENTA CENTIMETROS (11,70 Mts). Suroste: Con las casas Nº 70-70 y 70-80 de la calle Carabobo, en una distancia de ONCE METROS CON SETENTA CENTIMETROS (11,70 Mts). El Decreto de Titulo Supletorio sobre las bienhechurias que se determinan en el escrito de la solicitud y que aquí se reproducen, con todos los derechos y atributos que la Ley acuerda, dejándose a salvo los derechos de terceros; atributos y derechos todos estos declarados conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, tal como se pidió. Déjese copia certificada del presente auto en el copiador de Autos Resolutorios que lleva este Juzgado. Devuélvase todo en original con sus resultas a la parte interesada. Expídanse las copias certificadas solicitadas. CUMPLASE.-
LA JUEZA PROVISORIA,
DRA. NINOSHKA ZAVALA COLMAN.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. ODRIANA AVENDAÑO.
En la misma fecha se devuelven en original estas actuaciones, a la parte interesada constantes de Veinte (20) folios útiles.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. ODRIANA AVENDAÑO.
NZC/oa*vs
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