REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA

JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Mariara, 20 de Marzo de 2014
203º y 155º

Vista la anterior Solicitud, presentada en fecha 10 de Marzo de 2014, por la Ciudadana: PASCUALINA PETRUZZELLA DE ALZA, Venezolana, titular de la Cedula de Identidad Nº V-9.650.486, asistida por el abogado: WILMER EDUARDO CORREA AULAR, inscrito en el Inpreabogado, bajo el Nº 79.325, contentiva de JUSTIFICATIVO DE TESTIGOS PARA PERPETUA MEMORIA (UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS). Désele entrada, asígnesele número, anótese en los libros respectivos. A los fines de pronunciarse en cuanto a su Admisibilidad o Inadmisibilidad este Tribunal observa:
Que de la revisión del escrito y recaudos presentados se evidencias, que falta el Acta de Defunción del causante. Por consiguiente, este Juzgado niega la Admisión de la presente Solicitud. Y así se decide.

EL JUEZ TITULAR

Dr. ANGEL LEONARDO ANSART


El Secretario Titular



Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se le dio entrada bajo el Nº 4739-14.



El Secretario Titular


Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA









SOL. N° 4739-14
ALA/JPPT/Oswaldo

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