REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA.

JUZGADO DEL MUNICIPIO DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.- Mariara, 20 de Marzo del 2014
203° y 154°

Vista la solicitud que antecede, presentado por el ciudadano: JOSE GREGORIO MORA MIJARE, titular de la cédula de identidad N° V– 7.951.743, de este domicilio, debidamente asistido de la Abogada ROSALBA CASTILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 151.979. Désele, entrada, asígnesele numero, anótese en los libros respectivos y por cuanto la misma no es contraria a Derecho, al orden público ni a ninguna disposición expresa de la ley se ADMITE en cuanto ha lugar en derecho la presente solicitud contentiva de designación de Curador Ad Hoc. En cuanto al CURADOR AD-HOC solicitado, para los menores: JOSE GREGORIO y IRENE CAROLINA, se designa como tal, al ciudadano: JOSE LUIS MORA BARRIOS, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 2.108.958, a quien el Tribunal ordena su Notificación, una vez que conste en autos su dirección, a los fines de dar su aceptación o excusa, y en el primero de los casos, a prestar el juramento de ley correspondiente.
EL JUEZ TITULAR


Dr. ANGEL LEONARDO ANSART
EL SECRETARIO TITULAR

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Se le dio entrada bajo el N° 4736-14.
EL SECRETARIO TITULAR

Abg. JUAN PABLO PEREZ TARAZONA


SOL.4736-14
ALA/JPPT/Beltrán

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