REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo con Sede en Valencia
Valencia, 10 de Marzo de 2014
203º y 154º
ASUNTO: GP02-L-2013-001698
DEMANDANTES: FRANCISCO ANTONIO NIETO MORA (NO COMPARECIO)
DEMANDADO: ASAP SERVICIOS, C.A
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, 10 de Marzo de 2014, siendo las dos de la tarde (2:00 p.m.), día y hora fijado para que tenga lugar LA PROLONGACIÓN AUDIENCIA PRELIMINAR, se hicieron tres (3) anuncios de Ley a las puertas del Tribunales en presencia del juez declarándose abierto el acto. Habiendo transcurrido un lapso de espera de diez (10) minutos, se deja expresa constancia que la parte actora en la presente causa no compareció ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, compareciendo la Demandada ASAP SERVICIOS, C.A apoderada judicial AURORA C SALCEDO M, Impreabogado 102.524. En este estado la ciudadana Juez observando la incomparecencia declara DESISTIDO el procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dando por terminada la presente causa; siendo homologado de conformidad con el artículo 133 ejusdem, así mismo se ordena el archivo y cierre del expediente una vez que haya transcurrido el lapso correspondiente para ejercer los recursos legales. Es todo. Terminó. Se leyó y conformes firman. Se realizan tres (3) ejemplares a un solo tenor y a un mismo efecto. Dándose por cerrado el acto a las dos y treinta de la tarde (2:30 p.m.) del día de hoy. Es todo.
LA JUEZ,
TRINIDAD GIMENEZ ANGARITA
ABOGADA DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
MARIA LUISA MENDOZA
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