REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, 06 de Marzo del 2014
203º y 154º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Nº- Expediente: GP02-S-2014-000035
Parte OFERENTE MARIA MAGDALENA ROMAGUERA DE DOMINGUEZ
Parte OFERIDA: RAMONA MANUELA FERNANDEZ
Motivo: OFERTA REAL DE PAGO
Visto el acuerdo transaccional presentado por ante la URDD de este Circuito Laboral suscrita por la ciudadana RAMONA MANUELA FERNANDEZ, C.I. 10.727.366, asistida por LADIBETH ANAIS ACUÑA y por la parte oferente MARIA MAGDALENA ROMAGUERA DE DOMINGUEZ, asistida por el abogado ABG. ALEXIS ANTONIO ZAMBRANO, en la cual han llegado a un ACUERDO ofreciendo la parte oferida la suma de Bs.50.567,92, por los conceptos debidamente especificados por ambas partes en el escrito transaccional con relación a las prestaciones sociales y demás beneficios sociales, declarando la parte oferida que con dicho pago no queda nada a deberle la parte oferente ningún concepto debidamente discriminados en la transacción consignada por ante la URDD y solicitan la homologación y cierre del expediente.
Por lo que analizados los términos del acuerdo transaccional y evidenciado que el oferido personalmente suscribió la misma, asistido de abogado, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso; que en la manifestación escrita del acuerdo actuaron en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el documento presentado ante la URRD, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a su motivación y derechos comprendidos, es por lo que se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso CON RELACIÓN AL PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS SOCIALES.- en cuanto al desistimiento de las acciones este Tribunal no homologa tal desistimiento.-
DECISIÓN
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA la transacción suscrita entre la ciudadana RAMONA MANUELA FERNANDEZ, C.I. 10.727.366, asistida por LADIBETH ANAIS ACUÑA y por la parte oferente MARIA MAGDALENA ROMAGUERA DE DOMINGUEZ.., en los términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada CON RELACIÓN AL PAGO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS BENEFICIOS SOCIALES.-y ordena remitir la presente causa al archivo judicial para su cierre.-
La Juez
Eylyn Rodríguez Rugeles-J
El secretario
En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 8:40 a.m
El secretario
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