REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 19 de Junio de 2014
204º y 155º
ASUNTO: S-0087
Vista la solicitud presentada. Cumplidas como se encuentran las formalidades legales exigidas, así como los trámites y sustanciaciones ordenadas en el auto de admisión; este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA las presentes resultas como:
UNICO: Título Supletorio Suficiente y Bastante a favor de la Asociación Civil HOGAR FALCONIANO, representado por la ciudadana SERVANDA GONZALEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.481.749, asistida en este acto por el abogado HECTOR HERNANDEZ MANZANO, inscrito en el inpreabogado bajo los Nros. 7.279; sobre unas bienhechurías construidas en un lote de terreno propiedad de la solicitante, que mide QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON DIECINUEVE DECIMETROS CUADRADOS (534,19 Mts.2), consistente de un galpón de mezzanina de estructura metálica con dos tipos de lamina en techo, una parte en laminas de aceral y otra en laminas coverit, paredes de bloques con friso y pinturas, piso de concreto acabado liso y granito. Dentro de este galpón se encuentran los siguientes ambientes: AREA DE LA TASCA: cubierta con losa de tabelon con friso texturizado y pintura, paredes con friso y pintura lisa, piso en cerámica, puerta en madera emtamborada, puerta de madera maciza, barra en concreto recubierta en cerámica. PASILLO: comunica ambos galpones por una entrada independiente, techo en tabelon con friso sin pintura, paredes de bloques con friso y pintura lisa, piso de concreto acabado liso. COCINA Y DEPOSITO: techo en losa de tabelon sin friso ni pintura, paredes de bloques con friso, pintura y recubiertas en cerámicas, piso en cerámica, mesón y despensa, en mampostería recubierta en cerámica. Puerta metálica sencilla. BAÑO DE DAMAS: techo en losa de tabelon sin friso ni pintura, paredes de bloque recubiertas en cerámica y piso en cerámica, puertas en aluminio, piezas sanitarias básicas (3 wc y 2 lavamanos de empotrar). BAÑO DE CABALLEROS: techo en losa de tabelon sin friso ni pintura, paredes de bloques recubiertas en cerámica y piso en cerámica, puertas en aluminio, piezas sanitarias básicas, (3 wc, 3 urinarios y 1 lavamanos de empotrar). DOS (02) DEPOSITOS: techo losa de tabelon sin friso ni pintura, paredes de bloques encamisadas y algunas recubiertas en cerámica, piso en caico. Ventana basculante y puertas en laminas metálica sencilla. MEZZANINA: A través de una escalera de perfil metálico con escalones en lámina metálica estriada se accede al área de mezzanina, sus paredes son en bloques con friso y pintura lisa, ventanas con rejas metálicas, baranda en rejas metálicas, piso recubierto en caico. En esta área se puede ubicar los siguientes ambientes: OFICINA: techo en cielo raso, paredes de bloques con friso y pintura lisa, piso con recubrimiento en caico, puerta en lamina metálica, sencilla y ventana basculantes. DEPOSITOS Y BAÑOS SIN EQUIPAR: paredes de bloques con friso y pintura, algunas recubiertas con cerámicas, piso en caico y cerámica. Ventana y área de DOSCIENTOS DIECISEIS METROS CUADRADOS (216,00 Mts2) y se encuentra comprendida dentro de los mismo linderos del inmueble de su propiedad y los cuales son los mismos linderos y medidas: NORTE: En Treinta y Cuatro Metros con setenta y cinco centímetros (34,75 Mtrs); con terrenos propiedad de la solicitante. SUR: En Treinta y Ocho Metros con Treinta Centímetros (38,30 Mtrs) la quebrada Camoruco, construcción de José Peralta de por medio; ESTE: En Dieciocho Metros con Cincuenta centímetros (18,50 Mtrs) con casa y terreno de Luis Gasparin; y OESTE: En Once Metros con Treinta centímetros (11,30 Mtrs) que es su frente, callejón El Ratón, hoy Avenida 104. El Decreto de Titulo Supletorio sobre las bienhechurias que se determinan en el escrito de la solicitud y que aquí se reproducen, con todos los derechos y atributos que la Ley acuerda, dejándose a salvo los derechos de terceros; atributos y derechos todos estos declarados conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, tal como se pidió. Déjese copia certificada en los archivos correspondientes de este juzgado, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase todo en original con sus resultas a la parte interesada. CUMPLASE.-
LA JUEZA PROVISORIA,
DRA. NINOSHKA ZAVALA COLMAN.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. ODRIANA AVENDAÑO.
En la misma fecha se devuelven en original estas actuaciones, a la parte interesada constantes de Cuarenta y Cinco (45) folios útiles.-
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABG. ODRIANA AVENDAÑO.
NZC/oa*mjm
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