REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAD DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 05 de Junio del año 2014.-
AÑOS: 204° y 155°
SOLICITANTES: URSULA THOMAS DE OLIVEROS, de nacionalidad Gran Bretaña, casada. Titular de la cedula de identidad Nro. E-618.042, SONIA ELEONOR MARIA OLIVEROS DE ROVIRA, CINDY ELIZABETH OLIVEROS THOMAS, SANDRA EMILIA OLIVEROS THOMAS y MANUEL ERNESTO OLIVEROS THOMAS, venezolanos, titulares de la cedula de identidad Nro. V-7.017.162, V-7.061.622, V-7.061.623 y V-11.362.649 de este domicilio, debidamente asistidos por la abogada LISBETH MARIA DE LA CARIDAD MEDINA DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.398 y de este domicilio.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE Nro. 7800
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos URSULA THOMAS DE OLIVEROS, SONIA ELEONOR MARIA OLIVEROS DE ROVIRA, CINDY ELIZABETH OLIVEROS THOMAS, SANDRA EMILIA OLIVEROS THOMAS y MANUEL ERNESTO OLIVEROS THOMAS, debidamente asistidos por la abogada LISBETH MARIA DE LA CARIDAD MEDINA DIAZ, ya identificados y de este domicilio, en la cual requieren se les conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que han construido a sus expensas y con dinero de su propio peculio, cuyas características, linderos y ubicación se especifican en el escrito libelar, las cuales se encuentran fomentadas sobre un lote de terreno que han venido poseyendo en forma continua, pacifica, pública, no interrumpida, e igualmente vistas las declaraciones de los testigos presentados por la parte actora y siendo este Juzgado competente para tramitar y proveer en sede de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, DECLARA TITULO SUPLETORIO de las bienhechurías identificadas en la solicitud, a favor de los ciudadanos URSULA THOMAS DE OLIVEROS, SONIA ELEONOR MARIA OLIVEROS DE ROVIRA, CINDY ELIZABETH OLIVEROS THOMAS, SANDRA EMILIA OLIVEROS THOMAS y MANUEL ERNESTO OLIVEROS THOMAS. Devuélvase las resultas originales.
EL JUEZ PROVISORIO,
Abg. YOVANI RODRÍGUEZ CANTERO.
LA SECRETARIA TITULAR
Abg. SALLY SEGOVIA MOSKALA.
En la misma fecha se devuelve a la parte interesada, constante de veintisiete (27) folios útiles.-
LA SECRETARIA TITULAR
Abg. SALLY SEGOVIA MOSKALA.
YRC/SSM/Maria Angélica-
Exp. 7800
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