REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 02 de Junio de 2014
204° y 155°

SOLICITANTES: VALENTINA DEVOMNISH RINCONES PERALTA y VICTOR LUIS RINCONES PERALTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-17.449.116 y V-17.258.653, debidamente asistidos por la abogada BEATRIZ FEO PEREZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 11.081.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE Nro. 7791


En relación a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, admitida en fecha 22 de Abril de 2014, suscrita por los ciudadanos VALENTINA DEVOMNISH RINCONES PERALTA y VICTOR LUIS RINCONES PERALTA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. V-17.449.116 y V-17.258.653, su condición de hijos del De-Cujus VICTOR JULIO RINCONES, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.057.381, y falleció ab-intestato el día 31 de octubre del año 2013, debidamente asistidos por la abogada BEATRIZ FEO PEREZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 11.081, el Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado a los testigos promovidos por los mencionados ciudadanos, dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” a los ciudadanos VALENTINA DEVOMNISH RINCONES PERALTA y VICTOR LUIS RINCONES PERALTA antes identificados, en su condición de hijos del De-Cujus VICTOR JULIO RINCONES, y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones a los solicitantes. Tal como fue solicitado en el escrito de solicitud, el Tribunal acuerda expedir tres (03) juegos de copias fotostáticas certificadas del presente expediente firmando la secretaria al pie de la misma, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse estas.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia a los dos (02) días del Mes de Junio de 2014. Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO


Abg. YOVANI RODRIGUEZ CANTERO.

… LA




…SECRETARIA TITULAR



Abg. SALLY SEGOVIA MOSKALA
En la misma fecha siendo las 11:00 de la mañana, se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR


Abg. SALLY SEGOVIA MOSKALA








YGRC/SSM/Maria Angélica.
Exp. 7791