REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 02 de Junio de 2014
204° y 155°

SOLICITANTE: CARLOS ANDERSON WILLIAMS SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.747.492, debidamente asistido por la abogada OLGA CONTRERAS AZUAJE, inscrita en el IPSA bajo el N° 27.339.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE Nro. 7790


En relación a la solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, admitida en fecha 22 de Abril de 2014, suscrita por el ciudadano CARLOS ANDERSON WILLIAMS SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nro. V-11.747.492, su condición de hijo del De-Cujus CARLOS MERCEDES WILLIAMS CAMPOS quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.287.753, y falleció ab-intestato el día 16 de Junio del año 2013, debidamente asistido por la abogada OLGA CONTRERAS AZUAJE, inscrita en el IPSA bajo el N° 27.339, el Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este mismo Juzgado a los testigos promovidos por el mencionado ciudadano, dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela de los ciudadanos y ciudadanas que lo integran y por Autoridad de la Ley; RESUELVE: declarar “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” a los ciudadanos CARLOS ANDERSON WILLIAMS SANCHEZ, CARLOS JOSE WILLIAMS SANCHEZ y SCARLET FRANCINES WILLIAMS SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-11.747.492, V-14.515.292 y V-15.496.298 en su condición de hijos del De-Cujus CARLOS MERCEDES WILLIAMS CAMPOS y ASÍ SE DECIDE. Devuélvase las actuaciones al solicitante. Tal como fue solicitado en el escrito de solicitud, el Tribunal acuerda expedir un (01) juego de copias fotostáticas certificadas del presente expediente firmando la secretaria al pie de la misma, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Expídanse estas.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho del TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en Valencia a los dos (02) días del Mes de Junio de 2014. Años: 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO


Abg. YOVANI RODRIGUEZ CANTERO.

… LA


…SECRETARIA TITULAR



Abg. SALLY SEGOVIA MOSKALA
En la misma fecha siendo las 11:00 de la mañana, se publicó, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR


Abg. SALLY SEGOVIA MOSKALA








YGRC/SSM/Maria Angélica.
Exp. 7790