REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, diecisiete de junio de dos mil catorce
204º y 155º
ASUNTO: GP02-S-2014-000319
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
Visto el acuerdo transaccional de 11 de abril del 2014, presentado por las partes en la presente causa, a los efectos de pronunciarse este Tribunal, lo efectúa en los siguientes términos:
Vista la diligencia consignada ante la URDD de este Circuito Judicial Laboral, contentivo del acuerdo transaccional suscrito por las partes anteriormente señaladas, mediante el cual luego de hacerse recíprocas concesiones las partes convinieron en que se pagará a la parte actora la cantidad de 24.785,90 procediendo hacer entrega la entidad de trabajo al ciudadano JESUS ADALBERTO OSORIO, C.I. 17.469.649 cheque Nº-04824457 emitido en contra del Banco Occidental de Descuento, a nombre de JESUS ADALBERTO OSORIO, por la suma de Bs. 24.785,90, declarando la parte actora que con dicho pago no queda nada a deberle la parte oferente y solicitan la homologación y cierre del expediente.
Por lo que analizados los términos de la transacción y evidenciado que la actora personalmente suscribió la misma, asistida de abogado, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso; que en la manifestación escrita del acuerdo actuaron en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el documento presentado ante la URRD, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a su motivación y derechos comprendidos, es por lo que se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso, con relación a los siguientes montos: PRESTACIONES, SALARIOS DEVENGADOS Y NO COBRADOS, AUMENTOS SALARIALES LEGALES Y CONTRACTUALES, VACACIONES, VACACIONES FRACCIONADAS, BONO VACACIONAL, BONOS NOCTURNOS, INTERESES SOBRE PRESTACIONES SOCIALES, INDEMNIZACION DE ANTIGÜEDAD, UTILIDADES LEGALES,. Conceptos estos discriminados en la cláusula tercera del acuerdo.-
DECISIÓN
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA la transacción suscrita entre el ciudadano JESUS ADALBERTO OSORIO, y la entidad de trabajo AUTOVAL, C.A en los términos y condiciones en ella establecidos, pasando los conceptos señalados en la presente sentencia en autoridad de cosa juzgada y ordena remitir la presente causa al archivo judicial para su cierre.-
La Juez
Eylyn Rodríguez Rugeles-J
La Secretaria
En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 11:30 a.m
La Secretaria
Eylyn Rodríguez Rugeles-J.-
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