REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, dos (02) de julio de dos mil catorce
204º y 155º

Nº de expediente: GP02-L-2012-002720
Partes demandantes: DEIBY JOSE CARMONA, GIOVANNY RAFAEL ESPINOZA PEREZ, JOSE BARTOLO BRICEÑO RANGEL y RICHARD ALBERTO YABLONKIS
Apoderado judicial de la parte demandante: Abogado: FRANCYS ALFONZO inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 54.825
Parte Demandada:

Apoderados Judiciales de la parte Demandada:
INDUSTRIAS MATALURGICAS NACIONALES, C.A (INMET, C.A)
Abogados: LUIS JAVIER CASTILLO Y PEDRO GONZALEZ inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los números 20.671 y 95.756 respectivamente
Motivo: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA
En el día hábil de hoy dos (02) de julio de dos mil catorce de 2011, siendo las 10:00 am oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, SE DEJA EXPRESA CONSTANCIA QUE LA PARTE DEMANDADA: INDUSTRIAS MATALURGICAS NACIONALES, C.A (INMET, C.A) esta en este acto debidamente representada por sus apoderados judiciales LUIS JAVIER CASTILLO Y PEDRO GONZALEZ inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los números 20.671 y 95.756 respectivamente y LAS PARTES DEMANDANTES: DEIBY JOSE CARMONA, GIOVANNY RAFAEL ESPINOZA PEREZ, JOSE BARTOLO BRICEÑO RANGEL y RICHARD ALBERTO YABLONKIS “NO COMPARECIERON” a la prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si, ni por medio de apoderado judicial. Es por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 204° y 155°.


LA JUEZ LOS COMPARECIENTES





LA SECRETARIA