REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 08 de Julio de 2014
203º y 155º
Revisadas de manera exhaustiva las actuaciones que anteceden, observa esta operadora de justicia que en la presente causa, se verificó que el último impulso procesal a instancia de parte, operó el 15/10/2013, ello conforme a diligencia suscrita por el Defensor Público Segundo en materia agraria, abogado José Montilla Montilla, mediante la cual solicitó el “avocamiento” en la presente causa. A cuyo efecto, el 21/10/2013, se dictó auto de abocamiento y se libraron las respectivas boletas. De seguidas, el alguacil de éste Tribunal consignó diligencias el 05/06/2014, manifestando la entrega de las indicadas boletas de notificación relativas al avocamiento, a los representantes legales de las partes en conflicto. (Folios 256 al 259).
En ese orden de ideas, esta jurisdicente hacer saber a las partes, que una vez verificados los actos procesales relativos a la audiencia preliminar, fijación de los hechos y limites de la controversia por autos del 04/06/2013 y 05/06/2013, respectivamente, (Folios 212 al 220); así como la admisión de las pruebas presentadas por las partes litigiosas, conforme a auto del 20/06/2013, y por último la evacuación de la prueba de Inspección Judicial del 30/07/2013 (Folios 226 al 231 y 244 al 251). resulta apropiado indicar que la presente causa se encuentra reanudada, una vez comprobado de las actas que conforman el presente asunto posesorio las citadas etapas procesales, siendo lo consecuente a cumplirse la audiencia de pruebas. Así se establece.
En consecuencia, se fija para el día miércoles, trece (13) de Agosto del presente año, a las nueve de la mañana (09:00 a.m.,) la celebración de la audiencia probatoria a realizarse en la Sala de Audiencias de éste Juzgado Agrario, de conformidad a lo establecido en el artículo 222 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Así se decide.
La Juez,
Abg. DANIELA VALLÉS RODRÍGUEZ,
La Secretaria,
Abg. GLENDY GONZALEZ GUEVARA
Exp. JAP- 199-2012
DVR/ggg/vpp.-