REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO AGRARIO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 22 de Julio de 2014
204º y 155º
Vistas las diligencias de esta misma fecha, suscritas por las abogadas en ejercicio, Sandra Orta Rodríguez, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 118.329, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, identificada en autos y la abogada Elida López, Defensora Pública Auxiliar en materia Agraria del estado Carabobo, representante judicial de los co-demandados de autos; mediante las cuales solicitan la suspensión de la causa hasta el día 31/10/2014, así como el traslado de éste Juzgado a través de una inspección judicial a los fines de conciliar. En tal sentido, este Juzgado Agrario de conformidad con lo establecido en el artículo 202 del Código de Procedimiento Civil, en sus parágrafos primero y segundo, acuerda conforme con lo solicitado. En consecuencia, se SUSPENDE la presente causa a partir de la emisión del presente auto; haciéndole saber a las partes que la misma, se reanudará en el mismo estado en que se encontraba al momento de la suspensión. En cuanto a la referida solicitud de inspección judicial, éste Juzgado se pronunciará por auto separado.
La Jueza,
ABG. DANIELA VALLÉS RODRÍGUEZ
La Secretaria,
ABG. GLENDY GONZALEZ GUEVARA
Exp- JP-55661-125
DVR/ggg/dl.-